miércoles, 14 de abril de 2021

Testigos de la contaminación: los basureros contra la ley, la terca realidad


 

Entre nuestros derechos, la ley y la terca realidad. Estas son algunas imágenes de los tiraderos a cielo abierto en el estado de Puebla:






Tiradero en Zacatlán

Tiradero en río Ajajalpan.


El tiradero enTetela de Ocampo.



El Zoquital, en Huauchinango.

 

 Tiradero en Hueyhtlalpan.


Tiradero en Tlahuapan.

Tiradero en Huejotzingo.

Tiradero en Yehualtepec.


Tiradero en Atoyatempan.


Tiradero en Ixcaquixtla.


Tiradero en Coyotepec.


Tiradero en Chinantla.

 

San Martín Texmelucan.

 

Tiradero en Cuetzalan.

 

Tiradero en Xicotepec. 

  


Tiradero en Izúcar de Matamoros.


Tiradero en Acatlán.


Tiradero en Tehuacan


Tiradero en Teziutlàn.


Tiradero en Tecamachalco.


Párrafos cuarto y quinto del  artículo 4to de la Constitución:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 115:.

III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

  1. a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;
  2. b) Alumbrado público.
  3. c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
  4. d) Mercados y centrales de abasto. e) Panteones.
  5. f) Rastro.
  6. g) Calles, parques y jardines y su equipamiento;
  7. h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito;

¿Qué nos dice la Norma Oficial Mexicana (NOM-083-SEMARNAT-2003)?  Nos habla de las especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial,

En México, el 87% de los tiraderos de basura son a cielo abierto y sólo 13% son rellenos sanitarios. Instituto Nacional de Geografía e Informática (INEGI).

Problemas que provocan los tiraderos a cielo abierto:

"Obstruyen desagües y cursos de agua (con potenciales riesgos de inundaciones), contaminar los cuerpos de agua y los suelos, deteriorar el paisaje o convertirse en fuente de enfermedades potenciales a la población, entre otros". (UN-HABITAT, 2010).

 

¡SIN JUSTICIA AMBIENTAL, NO HABRÁ JUSTICIA SOCIAL!




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